domingo, 05 de septiembre de 2010
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Trámites en el área de Industria y Comercio
(1er. piso del edificio municipal)

Si usted va a iniciar los trámites para habilitación de un comercio, deberá traer antes de concurrir al área de Industria y Comercio:

1-) Deberá concurrir al área de Catastro Municipal, y solicitar la nomenclatura catastral, (1er piso del edificio municipal, frente al área de Impuestos).

2-) Concurrir al área de Impuesto Inmobiliario a los efectos de convenir deuda, si lo poseyera, (1er piso del edificio municipal frente al área de Catastro).

3-) Si alquila el local, traer fotocopia de contrato, sellado por DGR, o autorización del propietario del inmueble, (con firma autenticada).

4-) Concurrir al Tribunal de Faltas (1º Piso frente al área de Transito) y obtener el CERTIFICADO DE LIBRE DEUDA.

 

Requisitos para la habilitación comercial:

1-) Completar formularios (5 fojas).

2-) CERTIFICADO de uso extendido por la Dirección General de Planeamiento Urbano. Control de Usos, si así lo creyera necesario.

3-) CERTIFICADO de protección contra Incendio, cuando a criterio de la Dirección de Planeamiento Urbano considere necesario.

4-) CONTRATO de LOCACION sellado por Dirección de Rentas, o autorización, del  Propietario del Local con firmas certificadas por escribano, Juez de Paz, o autoridad competente, en los casos que el local no sea  propiedad del contribuyente.

5-) PARA  ACTIVIDADES  reguladas en forma especificas por organismos Nacionales y/o Provinciales, se  Exigirá la constancia de inscripción del Organismo competente.

6-) CERTIFICADO de Libre de Deudas Y/O CERTIFICADO de Deudas regularizadas a través de un Plan de facilidades de pago en la dirección de Impuestos  Inmobiliarios y Tasas de Servicios.

7-) CERTIFICADO de Libre Deudas expedida por el Tribunal de Falta, de este Municipio.

8-) Todas las Fotocopias que se adjunten, deberán estar certificadas por funcionario de la Dirección de Industria y Comercio y Espectáculos Públicos.

9-) También serán exigidos como requisitos en los rubros especiales, lo establecido en las Ordenanzas N° 1988, y N° 1817.

10-) Planos de Construcción e Instalación Eléctrica del local comercial.

11-) Disyuntor.

12-) Control de Plagas y Carnet de Sanidad si correspondiese. 

 
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