2-) Concurrir al área de Impuesto Inmobiliario a los efectos de convenir deuda, si lo poseyera, (1er piso del edificio municipal frente al área de Catastro).
3-) Si alquila el local, traer fotocopia de contrato, sellado por DGR, o autorización del propietario del inmueble, (con firma autenticada).
4-) Concurrir al Tribunal de Faltas (1º Piso frente al área de Transito) y obtener el CERTIFICADO DE LIBRE DEUDA.
1-) Completar formularios (5 fojas).
2-) CERTIFICADO de uso extendido por la Dirección General de Planeamiento Urbano. Control de Usos, si así lo creyera necesario.
3-) CERTIFICADO de protección contra Incendio, cuando a criterio de la Dirección de Planeamiento Urbano considere necesario.
4-) CONTRATO de LOCACION sellado por Dirección de Rentas, o autorización, del Propietario del Local con firmas certificadas por escribano, Juez de Paz, o autoridad competente, en los casos que el local no sea propiedad del contribuyente.
5-) PARA ACTIVIDADES reguladas en forma especificas por organismos Nacionales y/o Provinciales, se Exigirá la constancia de inscripción del Organismo competente.
6-) CERTIFICADO de Libre de Deudas Y/O CERTIFICADO de Deudas regularizadas a través de un Plan de facilidades de pago en la dirección de Impuestos Inmobiliarios y Tasas de Servicios.
7-) CERTIFICADO de Libre Deudas expedida por el Tribunal de Falta, de este Municipio.
8-) Todas las Fotocopias que se adjunten, deberán estar certificadas por funcionario de la Dirección de Industria y Comercio y Espectáculos Públicos.
9-) También serán exigidos como requisitos en los rubros especiales, lo establecido en las Ordenanzas N° 1988, y N° 1817.
10-) Planos de Construcción e Instalación Eléctrica del local comercial.
11-) Disyuntor.
12-) Control de Plagas y Carnet de Sanidad si correspondiese.